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Licencia de Obra en Canarias: Mayor, Menor y Declaración Responsable

Una de las preguntas que más recibimos es: ¿qué permisos necesito para construir mi casa? Antes de responder, conviene verificar el tipo de suelo de tu parcela. La respuesta depende del tipo de obra. En Canarias existen tres niveles de autorización y cada uno tiene sus propios requisitos, plazos y costes.

Licencia de obra mayor

Es la autorización que necesitas para construir una vivienda nueva desde cero, ampliar una existente o realizar una reforma integral que afecte a la estructura del edificio.

Qué requiere:

  • Proyecto técnico visado por un arquitecto colegiado
  • Estudio geotécnico del terreno
  • Designación de director de obra y coordinador de seguridad
  • Proyecto de gestión de residuos
  • Pago de la tasa municipal y del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras)

Plazos reales: el ayuntamiento tiene 3 meses para resolver desde que presentas la solicitud completa. En la práctica, en municipios grandes como Santa Cruz o Las Palmas suele tardar entre 2 y 4 meses. En municipios pequeños hemos visto resoluciones en 6 semanas y también expedientes parados durante medio año por falta de técnicos municipales.

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¿Listo para empezar?

Coste orientativo: la tasa municipal varía según el presupuesto de ejecución material de la obra. Suele oscilar entre el 2% y el 4% del PEM. Para una vivienda unifamiliar de madera con un presupuesto de 120.000 euros, la tasa de licencia ronda los 3.000-5.000 euros. El ICIO añade otro 3-4%.

Licencia de obra menor

Cubre actuaciones que no afectan a la estructura portante ni modifican la volumetría del edificio. En la práctica se aplica a reformas interiores, cambio de carpintería, renovación de instalaciones, impermeabilización de cubiertas o ejecución de vallados.

Qué requiere:

  • Memoria técnica descriptiva (no un proyecto completo)
  • Presupuesto de la actuación
  • Pago de tasa e ICIO

Plazos: resolución en 1-2 meses. La tramitación es más ágil porque no exige proyecto de arquitecto ni estudios adicionales.

Importante: si durante una reforma menor se descubre que es necesario intervenir en la estructura (y ten en cuenta que en suelo rústico las exigencias son aún mayores) (por ejemplo, reforzar un forjado dañado), la obra pasa a requerir licencia mayor. Esto ocurre con más frecuencia de la que parece, especialmente en rehabilitaciones de viviendas antiguas.

Declaración responsable

Es el trámite más ágil. El promotor declara bajo su responsabilidad que la actuación cumple la normativa vigente y puede comenzar las obras desde el momento de presentación, sin esperar resolución.

Se aplica a:

  • Obras menores de escasa entidad técnica
  • Instalación de rótulos, toldos, cerramientos de terraza
  • Pequeñas reformas de acabados interiores
  • Actuaciones de mantenimiento que no alteren la configuración del inmueble

Atención: la declaración responsable no es un comodín. Si la obra excede lo permitido bajo esta vía, el ayuntamiento puede ordenar la paralización y exigir licencia. Hemos visto casos de clientes que presentaron declaración responsable para una "reforma menor" que en realidad implicaba mover tabiques de carga. El resultado fue un expediente sancionador y meses de retraso.

¿Cuál necesitas?

Actuación Autorización
Construir una casa nueva Licencia de obra mayor
Ampliar una vivienda existente Licencia de obra mayor
Reforma que toque estructura Licencia de obra mayor
Reforma interior sin estructura Licencia de obra menor
Cambiar ventanas o cubierta Licencia de obra menor
Instalar un vallado perimetral Licencia de obra menor
Pintar fachada o cambiar suelos Declaración responsable
Instalar un toldo o rótulo Declaración responsable

Cambios con el Decreto-ley 3/2025

Desde abril de 2025, con el Decreto-ley 3/2025, los ayuntamientos canarios pueden externalizar la emisión de informes técnicos a organismos acreditados. Esto significa que si el técnico municipal está saturado, el ayuntamiento puede recurrir a un colegio profesional o una entidad con acreditación ISO 17020 para preparar el informe.

El plazo base sigue siendo 3 meses y se mantiene el silencio administrativo positivo: si el ayuntamiento no resuelve en plazo y tu solicitud cumple todos los requisitos, la licencia se entiende concedida por silencio.

En la práctica todavía es pronto para valorar el impacto real de esta medida — depende de que cada municipio establezca los convenios de colaboración. Pero la dirección es clara: agilizar la tramitación.

Costes detallados por tipo de licencia

Entender el coste real de una licencia de obra en Canarias requiere sumar varios conceptos. No es solo la tasa municipal — hay impuestos, honorarios profesionales y gastos que muchos promotores no anticipan.

Desglose para licencia de obra mayor

Concepto Rango habitual Ejemplo (PEM 120.000 €)
Tasa municipal 2% – 4% del PEM 2.400 – 4.800 €
ICIO (Impuesto sobre Construcciones) 2,5% – 4% del PEM 3.000 – 4.800 €
Honorarios arquitecto (proyecto) 5.000 – 12.000 € 7.000 €
Visado colegial 200 – 500 € 350 €
Estudio geotécnico 800 – 2.000 € 1.200 €
Coordinador seguridad y salud 1.500 – 3.000 € 2.000 €
Seguro decenal (si aplica) 1% – 1,5% del PEM 1.200 – 1.800 €
Total estimado 17.150 – 33.750 €

Para una vivienda unifamiliar de 100 m² con un presupuesto de ejecución material de 120.000 euros, los costes previos al inicio de obra (proyecto + licencia + impuestos) representan entre un 14% y un 28% del PEM. Es un porcentaje significativo que muchos clientes subestiman en su planificación financiera.

Desglose para licencia de obra menor

Concepto Rango habitual Ejemplo (PEM 15.000 €)
Tasa municipal 1,5% – 3% del PEM 225 – 450 €
ICIO 2,5% – 4% del PEM 375 – 600 €
Memoria técnica 500 – 1.500 € 800 €
Total estimado 1.400 – 2.850 €

Declaración responsable

Concepto Rango habitual
Tasa municipal 50 – 200 €
Documentación técnica (si requiere) 200 – 500 €
Total estimado 250 – 700 €

Plazos reales por municipio y tipo de licencia

Los plazos legales son una cosa; los plazos reales, otra. Después de tramitar licencias en decenas de municipios canarios, estos son los rangos que observamos en 2025-2026:

Licencia de obra mayor

Municipio / Zona Plazo real Observaciones
Santa Cruz de Tenerife 2 – 4 meses Plantilla técnica amplia
Las Palmas de Gran Canaria 3 – 5 meses Dependiente de la zona y tipo de proyecto
La Laguna 3 – 6 meses Volumen alto de expedientes
Arona (Tenerife) 2 – 4 meses Mejorado tras convenio decreto 3/2025
Granadilla de Abona 4 – 7 meses En proceso de implementar externalización
La Orotava 3 – 5 meses Variable según época del año
Telde (Gran Canaria) 3 – 5 meses Mejorado recientemente
Puerto de la Cruz 4 – 8 meses Un solo técnico para urbanismo
Municipios pequeños (< 5.000 hab.) 4 – 10 meses Depende de disponibilidad de técnico

Licencia de obra menor

Generalmente se resuelve en 1-3 meses en todos los municipios. La tramitación es más sencilla y no requiere informes técnicos complejos.

Declaración responsable

Efectiva desde la presentación. El ayuntamiento tiene 15 días para requerir subsanación si detecta deficiencias. Si no hay requerimiento, se puede comenzar la actuación.

Tramitación digital: sede electrónica

La mayoría de ayuntamientos canarios disponen de sede electrónica donde se puede presentar la solicitud de licencia de forma telemática. Sin embargo, la experiencia varía enormemente:

Municipios con tramitación digital completa:

  • Santa Cruz de Tenerife (sede.santacruzdetenerife.es)
  • Las Palmas de Gran Canaria (sede.laspalmasgc.es)
  • La Laguna (sede.aytolalaguna.es)

En estos municipios puedes presentar la solicitud, adjuntar el proyecto técnico en PDF, pagar las tasas online y hacer seguimiento del expediente sin desplazarte.

Municipios con tramitación parcialmente digital:

  • Arona, Adeje, Telde, Santa Lucía — permiten presentación telemática pero el seguimiento requiere llamadas o visitas

Municipios con tramitación preferentemente presencial:

  • Municipios pequeños de islas menores — la sede electrónica existe pero los expedientes se gestionan de forma manual

Consejo práctico: aunque presentes la solicitud por sede electrónica, lleva siempre una copia en papel a la oficina de urbanismo. Así confirmas que el expediente se ha registrado correctamente y puedes preguntar directamente al técnico sobre posibles incidencias.

Motivos habituales de denegación

En nuestra experiencia, los motivos más frecuentes por los que se deniega o se paraliza una licencia de obra son:

1. Incumplimiento de parámetros urbanísticos (40% de los casos)

La causa más común. El proyecto no respeta alguno de los parámetros de la ficha urbanística de la parcela:

  • Exceso de ocupación sobre parcela
  • Superación de la altura máxima permitida
  • Retranqueos insuficientes respecto a linderos
  • Edificabilidad por encima del máximo permitido

Solución: verificar la ficha urbanística ANTES de encargar el proyecto al arquitecto. Si el diseño que quieres no encaja en los parámetros, hay que adaptar el diseño, no intentar forzar la licencia.

2. Documentación incompleta (30% de los casos)

Falta algún documento obligatorio: estudio geotécnico, designación de coordinador de seguridad, justificación de eficiencia energética, etc.

Solución: utilizar una checklist completa al preparar la solicitud. Tu arquitecto debería proporcionar una lista de toda la documentación requerida por el municipio concreto.

3. Afecciones no contempladas (15% de los casos)

La parcela tiene alguna afección que el proyecto no ha tenido en cuenta: servidumbre de paso, protección arqueológica, zona de influencia de carretera, cauce de barranco.

Solución: solicitar el informe de afecciones en el ayuntamiento antes de redactar el proyecto. Este paso se incluye en la consulta urbanística previa.

4. Incompatibilidad con normativa sectorial (10% de los casos)

El proyecto cumple el PGO pero no alguna normativa sectorial aplicable: Ley de Costas, normativa de protección contra incendios, accesibilidad, etc.

5. Deficiencias técnicas del proyecto (5% de los casos)

Errores en los cálculos estructurales, incumplimiento del CTE (Código Técnico de la Edificación) o del DB-HE (ahorro energético). Esto es responsabilidad del arquitecto.

Cómo recurrir una denegación

Si tu licencia es denegada, tienes dos vías:

Recurso de reposición (vía administrativa)

  • Plazo: 1 mes desde la notificación de la denegación
  • Ante quién: el mismo órgano que denegó (alcaldía o concejalía de urbanismo)
  • Coste: gratuito (solo el coste de preparar la documentación)
  • Resultado habitual: si la denegación se debe a documentación incompleta o error subsanable, se puede resolver favorablemente en 1-2 meses

Recurso contencioso-administrativo (vía judicial)

  • Plazo: 2 meses desde la notificación (o desde la resolución del recurso de reposición)
  • Ante quién: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
  • Coste: abogado + procurador + posibles costas (mínimo 3.000-5.000 euros)
  • Resultado: resolución en 12-24 meses. Solo recomendable si estás convencido de que la denegación es incorrecta.

Nuestra recomendación: antes de recurrir, habla con el técnico municipal para entender exactamente el motivo de la denegación. En muchos casos es más eficaz modificar el proyecto para cumplir la objeción que iniciar un procedimiento de recurso.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto cuesta en total la licencia de obra para una casa en Canarias?

Para una vivienda unifamiliar con un presupuesto de ejecución material de 120.000 euros, la suma de tasa municipal, ICIO, proyecto técnico, geotécnico y demás documentación ronda los 17.000-34.000 euros. Es decir, entre un 14% y un 28% del presupuesto de obra. Cada municipio tiene sus propias tasas, así que conviene consultar la ordenanza fiscal específica antes de presupuestar.

¿Puedo empezar las obras antes de tener la licencia?

No. Iniciar obras sin licencia es una infracción urbanística que conlleva multa y posible orden de paralización. La única excepción es la declaración responsable, que permite comenzar desde la presentación. El silencio administrativo positivo (si pasan 3 meses sin respuesta) también permite iniciar, pero es arriesgado actuar sin resolución expresa.

¿Qué pasa si el ayuntamiento tarda más de 3 meses?

Legalmente, opera el silencio administrativo positivo: la licencia se entiende concedida si tu solicitud cumplía todos los requisitos. Con el Decreto-ley 3/2025, el ayuntamiento tiene además la opción de derivar el informe a una entidad externa para cumplir el plazo. En la práctica, recomendamos presentar un escrito solicitando la resolución expresa antes de actuar bajo silencio.

¿La licencia de obra caduca?

Sí. Generalmente tienes entre 6 meses y 1 año para iniciar las obras desde la concesión de la licencia (el plazo exacto lo fija cada municipio en su ordenanza). Si no comienzas en ese plazo, la licencia caduca y tienes que solicitarla de nuevo. Las prórrogas son posibles pero deben solicitarse antes de que expire el plazo original.

¿Necesito licencia para instalar placas solares?

Depende del tipo de instalación. Para autoconsumo residencial en vivienda existente (instalación en cubierta, sin modificación estructural), la mayoría de municipios canarios admiten declaración responsable o comunicación previa. Para instalaciones de mayor envergadura o en suelo, se requiere licencia. Consulta la ordenanza específica de tu ayuntamiento.

Miguel Rodríguez Hernández

Escrito por

Miguel Rodríguez Hernández

Constructor especializado en viviendas de madera con más de 12 años de experiencia en las Islas Canarias. Ha tramitado licencias en más de 30 municipios y supervisado la construcción de más de 80 viviendas unifamiliares.