Suelo Rústico en Canarias: ¿Se Puede Construir?

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Suelo Rústico en Canarias: ¿Se Puede Construir?

El suelo rústico en Canarias tiene una regulación específica que permite la construcción en algunos casos, pero con importantes limitaciones. Si tu terreno es rústico, lee esta guía antes de tomar cualquier decisión.

Categorías de suelo rústico en Canarias

La Ley del Suelo de Canarias (4/2017) clasifica el suelo rústico en:

Suelo rústico común

Sin protección especial. Permite más usos que las categorías protegidas:

  • Vivienda vinculada a explotación agraria.
  • Construcciones agrícolas y ganaderas.
  • Equipamientos de interés público.
  • Turismo rural (con autorización).

Suelo rústico de protección agraria

Destinado a la actividad agrícola. Permite:

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  • Construcciones directamente ligadas a la explotación.
  • Vivienda del agricultor (con restricciones).
  • No permite vivienda libre.

Suelo rústico de protección natural

Espacios de alto valor ecológico. Construcción muy restringida o prohibida.

Suelo rústico de protección paisajística

Protección del paisaje. Construcción limitada con condiciones estéticas estrictas.

Suelo rústico de protección costera

Franja litoral. Limitaciones de la Ley de Costas además de la normativa autonómica.

Suelo rústico de asentamiento

Núcleos rurales existentes. Permite la edificación residencial con condiciones específicas. Esta es la categoría más favorable para una casa de madera.

Requisitos para construir en suelo rústico

Vivienda vinculada a explotación agraria

  • Parcela mínima: normalmente 5.000 m² o más (varía por municipio).
  • Superficie máxima construida: 150-200 m² (varía).
  • Ocupación máxima de parcela: 5-10%.
  • Altura máxima: generalmente 2 plantas / 7 metros.
  • Acreditar actividad agraria (inscripción REAGA).
  • Informe favorable del Cabildo insular.

Vivienda en asentamiento rural

  • Condiciones similares a suelo urbano pero con restricciones.
  • Parcela mínima menor (desde 500 m² según el PGO).
  • Debe respetar la tipología del asentamiento.

Trámites específicos

  1. Consulta al ayuntamiento: verifica la categoría exacta de tu parcela.
  2. Informe previo del Cabildo: obligatorio antes de solicitar licencia.
  3. Calificación territorial: justificación del uso propuesto.
  4. Proyecto técnico: como en suelo urbano.
  5. Licencia municipal: con el informe del Cabildo favorable.

Plazos

El trámite en suelo rústico es más largo que en urbano:

  • Informe del Cabildo: 2-4 meses.
  • Licencia municipal: 1-3 meses adicionales.
  • Total: 3-7 meses solo para los permisos.

Errores frecuentes

  • Construir sin licencia: las multas por construcción ilegal en suelo rústico son severas (puede exigirse la demolición).
  • Comprar terreno sin consulta previa: no todo suelo rústico permite construcción.
  • Confiar en promesas verbales: solo es válido lo que diga la consulta urbanística formal.
  • Iniciar obra con licencia en trámite: hasta que no tengas la licencia concedida, no puedes empezar.

Alternativas en suelo rústico

Si tu terreno rústico no permite vivienda convencional, estas alternativas podrían ser viables:

  • Turismo rural: alojamiento turístico con autorización (diferente a vivienda).
  • Construcción agrícola: almacenes, naves, invernaderos.
  • Eco-camping: actividad compatible en algunos suelos rústicos.

Consulta siempre con un arquitecto local y con el ayuntamiento antes de invertir.

Más información: normativa urbanística y licencias de obra.

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